El diputado local Javier Cruz Jaramillo, de Morena, presentó en sesión de la LXII Legislatura mexiquense una iniciativa para reforzar la prevención, la supervisión, la responsabilidad y la reparación del daño por el uso de artificios pirotécnicos en eventos públicos masivos. La propuesta contempla multas de hasta un millón 173 mil 100 pesos para quienes incumplan las nuevas obligaciones.
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La iniciativa plantea reformas a las leyes de Eventos Públicos y de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios, así como al Código Civil estatal. Incorpora obligaciones y requisitos para las personas físicas o jurídicas colectivas del sector privado que obtengan el permiso, dictamen o licencia, y para quienes organicen la celebración.
Cruz Jaramillo explicó que el proyecto se basa en tres ejes: prevenir riesgos, proteger a los asistentes a eventos públicos y garantizar la reparación del daño en caso de contingencias con pirotecnia.
El legislador señaló que las fiestas patronales, las celebraciones religiosas y los eventos populares forman parte de la cultura y la identidad comunitaria de la entidad, y que la pirotecnia es una actividad económica de la que dependen numerosas familias. Afirmó que la iniciativa no busca prohibirla ni restringir las tradiciones, sino que se realicen en condiciones que protejan la vida, la integridad física y el patrimonio de las personas.
Cambios a la Ley de Eventos Públicos
En los eventos públicos que incluyan artificios pirotécnicos, las personas obligadas deberán contar con un programa específico de seguridad, conforme a las disposiciones federales, estatales y municipales. Este deberá establecer medidas para el manejo, resguardo, traslado y uso de los artificios, así como para la atención de emergencias y la evacuación de asistentes.
También deberán abstenerse de almacenar o resguardar pirotecnia en templos, iglesias, parroquias, centros educativos, hospitales, edificios públicos, mercados, viviendas y cualquier otro espacio destinado a la concentración o el tránsito de personas.
Además, tendrán que delimitar las áreas de seguridad, las zonas de exclusión y las rutas de evacuación, y colocar la señalización preventiva correspondiente cuando se utilicen estos materiales.
Deberán, de igual forma, designar por escrito a una persona responsable del manejo, resguardo y uso de los artificios durante el evento, quien deberá atender los requerimientos de las autoridades competentes y colaborar en las acciones de supervisión, verificación y atención de contingencias.
También deberán informar a la autoridad competente, para efectos de seguridad y protección civil, la ubicación de los artificios que se usarán, y presentar la documentación que acredite el cumplimiento de las disposiciones aplicables.
Sanciones
Quienes incumplan estas obligaciones recibirían una sanción de 2 mil a 10 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento de la infracción. La UMA equivale actualmente a 117.31 pesos, por lo que la multa fluctuaría entre 234 mil 620 pesos y un millón 173 mil 100 pesos.
En cuanto a los requisitos, las personas titulares del permiso deberán acreditar las condiciones de seguridad para el resguardo, el traslado y el uso de los artificios pirotécnicos.
Además de las multas, los municipios y, en su caso, la Secretaría General de Gobierno estatal podrán suspender los eventos públicos y clausurar las instalaciones cuando se detecte pirotecnia almacenada en lugares prohibidos, cuando se utilice sin respetar las medidas de seguridad previstas o cuando exista riesgo inminente para la vida, la integridad física o el patrimonio de los asistentes o de terceros.
Cambios al Código Civil
La iniciativa propone que, cuando los daños deriven del almacenamiento, el resguardo, el manejo, el traslado o el uso de artificios pirotécnicos, la reparación integral comprenda gastos médicos, hospitalarios, farmacéuticos, psicológicos y de rehabilitación, así como prótesis, tratamientos especializados, gastos funerarios y cualquier otra erogación necesaria para la recuperación de la víctima o la reparación del daño.
También plantea que las personas organizadoras del evento, la persona designada como responsable del manejo de los artificios y las propietarias, poseedoras o administradoras del inmueble donde se almacenen respondan de manera solidaria por los daños ocasionados.
Asimismo, propone que los propietarios de máquinas o materiales explosivos respondan por los daños causados por su explosión o inflamación, incluidos los derivados del uso de artificios pirotécnicos y otros materiales destinados a producir detonaciones o efectos similares.
Cambios a la Ley de Responsabilidad Patrimonial
Las modificaciones establecen que, para acreditar el daño causado a particulares por actividad administrativa irregular, la autoridad competente valore, entre otros elementos, el cumplimiento de las obligaciones legales de verificación, supervisión y control a cargo de los entes públicos. Con ello se determinaría la irregularidad y, en su caso, la relación causal entre la actividad y el daño reclamado.
El documento precisa que la iniciativa no invade las competencias reservadas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos ni busca limitar las tradiciones comunitarias o las expresiones culturales.
Adhesiones
La diputada Itzel Daniela Ballesteros Lule, de Morena y representante del Distrito Electoral Local XIX, con sede en Tultepec, solicitó adherirse a la iniciativa. Consideró que la seguridad y la preservación de las tradiciones deben construirse de manera conjunta, y propuso organizar una reunión con pirotécnicos de Tultepec y del Estado de México para escuchar sus planteamientos y trabajar con los artesanos del sector.
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El también morenista Valentín Martínez Castillo, integrante de la Comisión de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos, manifestó su adhesión al proyecto y ofreció colaborar en la consulta a la población y en la definición de las medidas de prevención.
