La LXII Legislatura del Estado de México aprobó reformas al Código Civil que permiten a las personas progenitoras elegir el orden de los apellidos de sus hijas e hijos en las actas de nacimiento. También se incorpora la opción de registrar la identidad “no binaria” en las actas de rectificación para el reconocimiento de identidad de género.
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Las modificaciones fueron impulsadas por la diputada Itzel Daniela Ballesteros Lule, le diputade Luisa Esmeralda Navarro Hernández, la asociación civil Fuera del Clóset y la gobernadora Delfina Gómez Álvarez. Además, se establece que, en los matrimonios, si alguna persona contrayente está inscrita en un registro de obligaciones alimentarias, deberá informarlo a la otra parte.
La reforma añade disposiciones para las actas de nacimiento y defunción. En el caso de nacimiento, el nombre se formará con un apellido de la madre y uno del padre, en el orden que las personas progenitoras acuerden. Si no hay acuerdo, se asentará primero el apellido que la madre determine y después el que el padre elija.
Respecto a la identidad de género, se reconoce como la convicción personal de cada persona sobre sí misma, que puede coincidir o no con el sexo asignado en el acta original. Se incluye la identidad no binaria y no se exige acreditar procedimientos médicos o diagnósticos para el reconocimiento.
En los matrimonios, la o el oficial del registro civil deberá proporcionar cursos sobre derechos y obligaciones, salud reproductiva, igualdad de género y prevención de violencia familiar, con apoyo de los sistemas estatales y municipales de desarrollo integral de la familia.
Las actas de nacimiento deberán contener lugar y fecha de registro, fecha, hora y lugar de nacimiento, sexo conforme al certificado médico, nombre de la persona registrada, condición de nacida viva o muerta, huella digital si está viva y la CURP. Las actas de defunción deberán llevar la firma de la persona oficial del registro civil y de la persona declarante, o su huella digital.
Los gastos derivados de la entrada en vigor del decreto estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y se cubrirán con el presupuesto aprobado del ente público competente.
En la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia se discutieron y aprobaron las iniciativas, incluyendo la propuesta de la legisladora Ana Yurixi Leyva Piñón (PT) para que, en caso de falta de acuerdo sobre el orden de los apellidos, se aplique primero el de la madre y después el del padre.
Durante la discusión, se recordó que en las ceremonias matrimoniales se leía la epístola de Melchor Ocampo, que establecía la adopción del apellido del esposo. Se señaló que la nueva disposición evita continuar con prácticas de invisibilización.
Se rechazaron reservas que buscaban limitar el reconocimiento de la identidad de género autopercibida en nuevas actas de nacimiento, lo que generó debate entre legisladores de distintas bancadas.
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Algunas diputadas y diputados destacaron que la reforma permite elegir el orden de los apellidos y reconocer identidades no binarias, lo que consideran un avance en la legislación estatal. Por otro lado, legisladoras como Emma Laura Álvarez Villavicencio (PAN) señalaron que el reconocimiento de identidad de género sin requisitos podría generar problemas legales y administrativos, por lo que pidieron que las reformas sean sólidas y garanticen estabilidad.
