Diuputado Carlos López Imm dijo que la Secretaría del Medio Ambiente y promoverá el establecimiento de zonas de preservación ecológica de los centros de población, con categoría de ‘Panteones Ecológicos’
El Pleno de la LXII Legislatura mexiquense avaló reformas para que la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible promueva, en coordinación con las autoridades de salud estatales y municipales, el establecimiento de zonas de preservación ecológica de los centros de población, con categoría de ‘Panteones Ecológicos’, así como la práctica de actividades legales de inhumación ecológicas y ambientalmente responsables.
Esta medida, impulsada por iniciativa de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, se plantea como una alternativa a los métodos tradicionales de inhumación y cremación. Con ella se busca disminuir el impacto ambiental al eliminar el uso de materiales no biodegradables —como el concreto, el mármol y los metales pesados—, así como de sustancias químicas altamente contaminantes, entre ellas el formaldehído empleado en los procesos de embalsamamiento.
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La reforma establece que los ‘Panteones Ecológicos’ son zonas de preservación ecológica dentro de los centros de población, destinadas a la inhumación legal de restos humanos mediante prácticas ambientalmente responsables. Estas acciones incluyen entierros ecológicos o naturales, nichos verdes y otras prácticas que contribuyan a la conservación y restauración del suelo, minimizando el impacto ambiental y promoviendo el uso de materiales biodegradables en lugar de bóvedas de hormigón o metales.
Serán una alternativa a los métodos tradicionales de inhumación y cremación, con lo que se busca reducir el impacto al medio ambiente al prescindir de materiales no biodegradables y sustancias químicas contaminantes
Además, estas zonas fomentan labores de reforestación y plantación de árboles en los sitios de disposición, evitan el uso de embalsamamientos químicos y favorecen la reincorporación natural del cuerpo a la tierra. De esta manera, el lugar de entierro no solo cumple su función funeraria, sino que también se transforma en un hábitat o bosque conservado, promoviendo la armonía entre el descanso final y el cuidado del medio ambiente.
De acuerdo con el dictamen, elaborado por las comisiones de Protección Ambiental y Cambio Climático, y de Legislación y Administración Municipal de la LXII Legislatura mexiquense, expuesto en sesión deliberante por el diputado Carlos Alberto López Imm (PVEM), estos espacios se regirán por la legislación aplicable en materia de panteones, cementerios, servicios funerarios, crematorios, fosas comunes y los relativos a cualquier espacio destinado a la inhumación, en concordancia con la Ley General de Salud y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Panteones Ecológicos deberán cumplir con criterios mínimos de diseño y operación
Además de formar parte de las zonas de preservación ecológica de los centros de población, los Panteones Ecológicos deberán cumplir con criterios mínimos de diseño y operación. Entre ellos se incluyen:
Fomentar prácticas libres de embalsamamiento antes de las 48 horas en áreas de inhumación verde
Emplear ataúdes, urnas o sudarios biodegradables
Implementar planes de revegetación con especies nativas y árboles de bajo consumo de agua, estableciendo la proporción de áreas arboladas
Asegurar la inclusión obligatoria de un área de inhumación verde en los nuevos panteones
Mantener un registro catastral y georreferenciado de las sepulturas
Asimismo, deberán garantizar el cumplimiento de disposiciones legales sobre inhumaciones, incluyendo fosas comunes; promover la participación de autoridades competentes en la difusión de estos espacios, respetando tradiciones locales; realizar monitoreo de suelos y aguas subterráneas conforme a la normatividad aplicable a la inhumación vertical; y asegurar el cumplimiento de las normas sanitarias, especialmente en casos de enfermedades infectocontagiosas.
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Por último, la iniciativa para reformar el Código para la Biodiversidad y la Ley Orgánica Municipal conlleva que los municipios puedan establecer, por sí o a través de servicios concesionados, la creación de estos panteones, que constituirán zonas de preservación ecológica de los centros de población destinadas a la inhumación ecológica, cuya promoción, vigilancia y protección estarán a cargo de la administración municipal. Los reglamentos respectivos regularán las características y formas de prestación del servicio.
